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La experiencia nos guía, la vocación nos impulsa.

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Unidos por la vocación, fortalecidos por la camaradería.

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Construyendo un futuro de seguridad y bienestar.

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FEDERACIÓN DE CÍRCULOS DE OFICIALES DE POLICÍA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Unidos por la camaradería, impulsando el turismo y el deporte, construimos lazos que fortalecen nuestra identidad y proyectan el futuro de la gran familia de oficiales de la República Argentina..

COMITÉ OLÍMPICO

Person

Comisario Inspector (R) Cristian Valquinta

Presidente Comité Olímpico

El C.O.P. tendrá por misión la de supervisar todos los actos inherentes al comportamiento de los atletas durante la realización de las justas deportivas que se realicen con intervención de Fe.C.O.P.R.A. o programadas por esta Entidad, por ello cumplirán las funciones de Tribunal de Disciplina Deportiva, debiendo resolver todo tipo de reclamo deportivo que le formulen las delegaciones participantes a través de su Delegado Olímpico, requerimiento éste que deberá cursarse mediante nota rubricada por el citado y/o por quien está a cargo de la delegación en ausencia del primero, el mismo día que se desarrolló el juego reclamado. Examinará y juzgará las actividades y conductas del o los participantes de las disciplinas en competencia, como así la de cualquier otro miembro de la delegación y/o simpatizante de ésta, con referencia a inconductas que pudieran producirse en los campos de juego durante cualquier disciplina deportiva en competencia y que tenga relación con el encuentro que se está realizando, tomando como base el informe que curse el veedor designado en cada caso y/o por cualquier integrante del C.O.P. que esté presente en el momento de ocurrida la inconducta, reuniéndose en forma diaria y privadamente al término de los juegos, para de inmediato dar a conocer a las delegaciones las resoluciones tomadas. Para conocimiento de todos los participantes elaborará un boletín diario con las novedades de la jornada.
Las resoluciones del C.O.P. se tomarán por simple mayoría de votos de sus miembros titulares, en caso de empate decidirá el voto del presidente del C.O.P.
Los fallos del C.O.P. son apelables ante el Consejo Directivo de la Fe.C.O.P.R.A., quedando efectivo lo resuelto por el comité hasta la definición del Organismo de Alzada.
Los integrantes del C.O.P. se reunirán en la Sede de la Entidad organizadora de los eventos olímpicos 30 días antes de la iniciación de los juegos justamente con los integrantes de C.D.N., es decir para la fecha del lanzamiento olímpico, con el objeto de asesorar o tomar debida nota de las decisiones que tome la C.D.N. sobre el control del estado de los lugares de competencia, verificará las Listas de Buena Fe que presenten los delegados olímpicos al arribo de las delegaciones al lugar de competencia. Dicha LBF contendrá:

  • A) Listado completo numerado de los atletas que integren la delegación
  • B) Jerarquía Policial
  • C) Apellido y Nombres
  • D) Nro. De credencial policial y/o legajo policial
  • E) Documento de Identidad (LE, LC o DNI)
  • F) fecha de nacimiento
  • G) Estado de revista certificado por la Jefatura de Personal de la Repartición Policial

Es necesario indicar en la LBF la disciplina en la cual participa el atleta, ya que podrá hacerlo en más de una disciplina si no está cumpliendo sanción.
No obstante lo citado precedentemente, al inicio de cada competencia se deberá presentar la LBF para contralor de los competidores.
Dispondrá que el ente organizador de las justas deportivas designe veedores de cada disciplina en la que se compite, los mismos informarán al C.O.P. por nota y diariamente las novedades de cada competencia. El ente organizador elaborará una cartilla con todo lo concerniente a las disciplinas que se disputen, especificando lugar de realización, fechas y horarios, veedor designado, normas generales, para lo cual completará los datos según modelo de Anexo II, cuyo formato y contenido no podrá modificar sin previo conocimiento y autorización del C.O.P.
La elección de los lugares de competencia queda a cargo del ente organizador, dependiendo la decisión final de las observaciones que le fueren realizadas por el C.O.P., los que deberán guardar buenas condiciones de uso.

Artículo 6 - Misión



Reglamento Comité Olímpido Anexo I
Reglamento Anexo I
Anexo II Ficha médica deportista
Anexo II Ficha médica


Reglamentos de disciplinas

Ajedrez

Ajedrez

Reglamento
Basquet

Basquet

Reglamento
Bochas

Bochas

Reglamento
Futbol 7

Fútbol 7

Reglamento
Futbol 11

Fútbol 11

Reglamento
Maratón

Maratón

Reglamento
Natación

Natación

Reglamento
Padel

Pádel

Reglamento
Pesca

Pesca

Reglamento
Tenis de Mesa

Tenis de Mesa

Reglamento
Tiro

Tiro

Reglamento
Tiro con arco

Tiro con arco

Reglamento
Truco

Truco

Reglamento
Voley

Voley

Reglamento
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